Autoconsumo solar fotovoltaico y minieólica

¿Qué es el Autoconsumo?

El autoconsumo eléctrico permite a cualquier persona o empresa producir y consumir su propia electricidad instalando en su hogar, local o comunidad de vecinos paneles solares fotovoltaicos u otros sistemas de generación renovable.

Además de impulsar las renovables, supone un ahorro en la factura eléctrica y una menor dependencia de los cambios de precio de la tarifa eléctrica, ya que una parte del consumo se cubre con la energía generada por el sistema de autoconsumo.

La nueva normativa de autoconsumo facilita los trámites, reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica renovable sin peajes ni cargos y permite que estos sistemas se instalen a nivel individual o de forma compartida, por ejemplo, en comunidades de vecinos.

El autoconsumo es viable, legal y una manera de contribuir al cambio de modelo energético.

¿Cómo es una instalación de Autoconsumo?

Un sistema de autoconsumo se compone de la propia instalación de producción (por ejemplo, unos paneles solares fotovoltaicos, o un generador minieólico), que es la parte más visible del sistema, y de otros elementos como los inversores, cables, conectores y, opcionalmente, baterías.

Este sistema se conecta a la instalación eléctrica de la casa o edificio, y automáticamente genera un ahorro en la factura de la luz: la energía que se utilice en el edificio vendrá prioritariamente de la instalación de autoconsumo cuando ésta esté generando, mientras que el resto seguirá viniendo de la red. A efectos del usuario, no se nota ninguna diferencia entre un caso y otro, aunque existen sistemas que permiten medir la energía que está generando la instalación de autoconsumo y consultarla en tiempo real mediante una app móvil, una web o en el propio dispositivo.

Para una instalación fotovoltaica doméstica típica, los inversores y demás elementos no ocupan excesivo espacio, por lo que es viable instalarlos en edificios existentes. Además, la nueva normativa elimina la obligación de tener contadores adicionales en la mayoría de los casos, lo cual facilita la instalación.

¿Es viable económicamente? ¿Cuánto me cuesta y cuánto me ahorro?

En la actualidad, un sistema de 3 kW puede cubrir la mayoría de las necesidades de iluminación y consumo eléctrico de un hogar de cuatro miembros y una superficie de setenta metros cuadrados.

La amortización en una instalación en autoconsumo estaría entre seis y diez años, ya que depende tanto de la potencia instalada como del uso que se haga de la energía.

Por lo que, tras la amortización de la inversión inicial, el ahorro en la factura eléctrica es muy notable.

Además, existen líneas de ayuda y beneficios fiscales que ayudan a amortizar aún más rápido la instalación, y sistemas de financiación que evitan tener que desembolsar la inversión inicial de golpe.

Cuando me sobra energía… ¿necesito baterías? ¿tengo que regalar la energía sobrante?

Cuanto más se aproveche la energía generada por la instalación de autoconsumo en ese momento, mayor será el ahorro y más rápido se amortiza la instalación. Sin embargo, puede haber excedentes de energía cuando se genera más de lo que se consume, por ejemplo, si estamos fuera de casa durante las horas de sol en el caso de una instalación fotovoltaica.

Para estos casos, hay distintas opciones:

a) Podemos optar por instalar baterías para almacenar la energía en momentos sobrantes, o incluso comprarla en momentos en que la electricidad está más barata, y aprovecharla cuando la necesitemos. Esto permite un mejor aprovechamiento de la instalación de autoconsumo pero implica una inversión mayor, por lo que es necesario analizar caso a
caso si sale a cuenta una batería.

b) Para instalaciones menores de 100 kW podemos optar también por un sistema de compensación simplificada, en la que nuestra comercializadora nos compensa los excedentes como un ahorro en nuestra factura de la luz, mes a mes. Las comercializadoras de referencia (que ofrecen la tarifa regulada) tienen definido por ley qué valor económico dar a esos excedentes. En el caso de comercializadoras de libre mercado, la compensación se hace en los términos que se pacten con la comercializadora.

c) Por último, si prevemos que va a haber muchos excedentes, podemos optar por la modalidad de autoconsumo con excedentes sin compensación simplificada. Esto permite vender todos los excedentes que tengamos sin un límite mensual. Sin embargo, supone darse de alta como productor de energía y hacer frente a trámites fiscales y administrativos, ya que se considera que estamos llevando a cabo una actividad económica.

Si quiero optar por un sistema de autoconsumo, ¿por dónde empiezo?

El punto de partida es disponer del espacio necesario: tejado, cubiertas, jardín, etcétera, pero también son muy importantes las características de la zona donde se resida y su orientación respecto al sol o el recurso de viento, ya que es vital para sacar el máximo rendimiento de la instalación.

En el caso de los paneles solares fotovoltaicos, estos son más productivos cuando los rayos del sol inciden de forma perpendicular, por lo que la orientación sur es la mejor, aunque otras orientaciones también son viables.

Además, la nueva normativa permite que la instalación de autoconsumo no tenga que estar conectada necesariamente al edificio donde queremos autoconsumir, sino que puede ser una instalación “próxima”:

  • En la misma referencia catastral (hasta los 14 dígitos)
  • Conectadas a la red de baja tensión del mismo centro de transformación
  • Conectadas a baja tensión a una distancia de hasta 500 m

Esto supone que también podemos tener en cuenta espacios o cubiertas cercanos a nuestro edificio.

Una vez determinado que hay sitio, es recomendable contactar con una empresa especializada. Puede ser una comercializadora de electricidad (la que ya tengamos o una de las múltiples que hay en el mercado), una empresa instaladora especializada de sistemas eléctricos, una empresa de servicios energéticos o una empresa que se dedique específicamente a las renovables.

Habitualmente será esta empresa la que llevará a cabo los pasos técnicos y administrativos necesarios, además de realizar la instalación con todas las garantías de seguridad.

La nueva normativa ha simplificado y reducido la cantidad y complejidad de trámites a realizar, y el IDAE ha elaborado una guía detallada para ayudar a estos profesionales a llevar a cabo todos los pasos necesarios. Los más importantes son:

  1. Un estudio de viabilidad que analice las posibilidades de nuestro edificio, el presupuesto de lo que podría costar la instalación y cuánto nos podríamos ahorrar en nuestro caso concreto. Para esto, es posible que nos pidan datos de nuestras facturas eléctricas, ya que el patrón de consumo determina cuánto podemos ahorrar.
  2. Los trámites administrativos, que en función de la ubicación y la tipología pueden incluir licencias de obras o autorizaciones administrativas, especialmente para instalaciones más grandes o aquellas situadas en edificios afectados por alguna figura de protección o en espacios protegidos ambientalmente.
  3. La propia instalación, teniendo en cuenta la normativa energética pero también de seguridad de las instalaciones.
  4. El registro ante la comunidad autónoma y las notificaciones que corresponda ante la distribuidora de electricidad.